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Leyes Del Ciclomotor De Maine

Leyes Del Ciclomotor De Maine

Scooters motorizado, ciclomotores y bicicletas motorizadas

NOTA ESPECIAL:

  • Usted debe tener licencia de un operador de funcionar todos los scooters y ciclomotores en una manera pública.
  • Todos los ciclomotores y muchos scooters deben ser colocados.

Ciclomotor

Un ciclomotor es un vehículo con no no menos que 2 caballos de fuerza de freno y no excede 50 cc y no puede exceder 30 millas por hora en una superficie plana. Un ciclomotor se equipa de un sistema de impulsión de energía que funcione automáticamente y no requiera cambiar de puesto. Un ciclomotor puede o puede no tener pedales del pie

  • Se requiere la licencia o una motocicleta de un operador, un ciclo o un endoso impulsado por motor o una restricción del ciclomotor.
  • Se requiere el registro.
  • Un ciclomotor debe ser solo archivo funcionado y como lejos a la derecha siempre, excepto al dar vuelta a la izquierda.
  • El operador de un ciclomotor debe obedecer el resto de los leyes del tráfico.
Scooter Motorizado

Un scooter motorizado es un vehículo menos de 25 cc o un vehículo eléctrico del motor impulsor no capaz de exceder una velocidad sobre de 25 millas por hora en una superficie plana.

  • Se requiere la licencia de un operador.
  • Registro en no requerido.
  • El operador de un scooter motorizado debe montar a la derecha, excepto al hacer una curva de la izquierda.
  • El vehículo no se puede funcionar en exceso de 20 m.p.h.
  • Un operador puede no montar con excepción a horcajadas de un asiento regular y permanentemente unido.
  • No puede ser utilizado llevar a más personas que el número para para el cual se diseña.
  • Una persona puede no unir el vehículo a un vehículo móvil en una manera pública.
  • El operador puede viajar en un hombro pavimentado.
  • Un municipio puede hacer otras provisiones para la localización del tráfico motorizado del scooter.
  • El operador de un scooter motorizado debe obedecer el resto de los leyes del tráfico.

Bicycle/Tricycle Motorizado

Un bicycle/tricycle motorizado es un vehículo que tiene un motor unido a una rueda y no es no más de 1.5 caballos de fuerza de freno y tiene una cilindrada capaz de propulsar el vehículo sin ayuda a una velocidad de 25 m.p.h. o menos en una superficie de la carretera del nivel. Un bicycle/tricycle motorizado puede tener pedales del pie.

  • Se requiere la licencia o una motocicleta de un operador, un ciclo o un endoso impulsado por motor o una restricción del ciclomotor.
  • El registro no se requiere.
  • El operador de un bicycle/tricycle motorizado debe montar a la derecha, excepto al hacer una curva de la izquierda.
  • El vehículo no se puede funcionar en exceso de 20 m.p.h.
  • Un operador puede no montar con excepción a horcajadas de un asiento regular y permanentemente unido.
  • No puede ser utilizado llevar a más personas que el número para el cual se diseña.
  • Una persona puede no unir el vehículo a un vehículo móvil en una manera pública.
  • El operador puede viajar en un hombro pavimentado.
  • Un municipio puede hacer otras provisiones para la localización del tráfico motorizado de bicycle/tricycle.
  • El operador de un bicycle/tricycle motorizado debe obedecer el resto de los leyes del tráfico.

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