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Leyes Del Ciclomotor De Delaware

Leyes Del Ciclomotor De Delaware

Definición Del Ciclomotor

el "ciclomotor" significará un pedal o una bicicleta nonpedal que tiene 2 ruedas en tándem, cualquiera de las cuales está 10 pulgadas o más en diámetro máximo, y haciendo un motor caracterizar en que la dislocación máxima del pistón es menos de 55 cc, clasificados en no más de 2.7 caballos de fuerza de freno y que la velocidad máxima no excede 25 millas por hora.

Ciclomotores y tripeds.

(a) Los ciclomotores y los tripeds no serán funcionados sobre las carreteras de un estado a otro y limitadas del acceso, uniformes para cruzar tales carreteras, ni serán funcionados en el derecho de paso de un ferrocarril de funcionamiento, a menos que para cruzar tal ferrocarril, ni serán funcionados en cualquier trayectoria puesta a un lado para el uso exclusivo de bicicletas a menos que el motor del ayudante se haya dado vuelta apagado.

(b) Ninguna persona conducirá un ciclomotor o triped sin ser licenciado como operador de un vehículo de motor bajo este título. El concesionario tendrá tal licencia en la posesión inmediata del concesionario siempre al funcionar un ciclomotor o triped.

(c) Las regulaciones aplicables a las bicicletas se aplicarán siempre que un ciclomotor o triped se funcionan sobre cualquier camino público o sobre cualquier trayectoria puesta a un lado para el uso exclusivo de bicicletas.

(d) Los ciclomotores o los tripeds serán colocados bajo regulaciones que sean adoptadas por la división de los vehículos de motor. El honorario del registro y del reregistration para los ciclomotores o los tripeds será $5 por un período de tres años del registro. Sobre el registro de un ciclomotor o triped, la división de los vehículos de motor publicará una etiqueta o una placa de número distintiva que se pondrán al ciclomotor o triped como indicación del registro.

Operación de patines y de scooters motorizados.

(a) Sobre las carreteras públicas, las calles, las aceras o los derechos de paso; penas para la violación. Los patines o los scooters motorizados no serán funcionados sobre una carretera pública o una calle o una acera o un derecho de paso de eso situada dentro de este estado excepto bajo condiciones siguientes:

(1) un patín o un scooter motorizado puede ser empujado a través de o a lo largo de tal manera pública proporcionó tal patín motorizado o el scooter está en hilo neutro o que el tren de energía está desunido de otra manera, y más futuro a condición de que tal uso está en conformidad con este capítulo.

(2) un patín o un scooter motorizado se puede funcionar en una calle o una carretera situada dentro de este estado para un acontecimiento especial de la duración limitada, conducido según un horario prearranged solamente bajo permiso desde la unidad gubernamental que tiene jurisdicción.

(3) una persona que viola esta subdivisión estará conforme a las penas siguientes:

a. Para la primera ofensa, una multa de no no menos que $25 ni más de $115.

b. Para una segunda o subsecuente ofensa, confiado en el plazo de 24 meses después de la comisión de la primera ofensa, multarán al operador no no menos que $57.50 ni más de $230 y el patín o el scooter motorizado puede ser ordenado para ser perdido por la corte.

(b) Sobre la otra característica; pena para la violación. Una persona no funcionará un patín o un scooter motorizado sobre ninguna característica en propiedad pública o privada sin el permiso expreso de la persona en el control de la característica o con conocimiento en la violación de ninguna restricciones impuesta ante tal uso por la persona en el control de la característica. Una persona que viola esta subdivisión estará conforme a las penas siguientes:

(1) para la primera ofensa, una multa de no no menos que $25 ni más de $115.

(2) para un segundo u ofensa subsecuente, confiado en el plazo de 24 meses después de la comisión de la primera ofensa, multarán al operador no no menos que $57.50 ni más de $230 y el patín o el scooter motorizado puede ser ordenado para ser perdido por la corte.

(3) además, la restitución será hecha para el valor de cualquier daño a la característica verdadera o personal esa los resultados de una violación de esta subdivisión.

(c) Operación descuidada o velocidad excesiva. Una persona no funcionará un patín o un scooter motorizado de una manera descuidada o imprudente o en una velocidad mayor que razonable y prudente bajo condiciones o sin tener respeto a los peligros reales y potenciales entonces el existir. En cada acontecimiento, la velocidad estará así que controlado como puede ser necesario evitar de chocar con la cualquier persona, el vehículo o el otro transporte.

(d) Mientras que bajo influencia o con un contenido en alcohol prohibido. Una persona no funcionará un patín o un scooter motorizado mientras que bajo influencia del alcohol, ninguna droga, o con un contenido en alcohol prohibido según lo definido adentro. 4177 de este título.

(1) cuando tal operación está sobre característica privada con el permiso expreso de la persona en el control de la característica o tal operación no está sobre característica pública, una carretera pública o una calle o acera o derecho de paso de eso, las provisiones de la pena de esta sección se aplicarán.

(2) las provisiones de esta subdivisión, subdivisiones (j) o (l) de esta sección o de cualquier otro estatuto por el contrario a pesar de, todas las provisiones de. 4177 de este título y provisiones de este código relacionado además serán aplicables a la operación de un patín o de un scooter motorizado mientras que bajo influencia del alcohol, cualquier droga, o con un contenido en alcohol prohibido según lo definido adentro. 4177 de este título cuando tal operación está sobre característica privada sin el permiso expreso de la persona en el control de la característica o tal operación está sobre característica pública, una carretera pública o una calle o acera o derecho de paso de eso situada dentro de este estado.

(e) De una manera que causa daño o disturbio.

(1) una persona no funcionará un patín o un scooter motorizado de una manera para hacer daño a los bienes de otra persona o de una manera para poner en peligro, para disturbar o para molestar a otra persona. El disturbio o la molestia de otras personas será presumido si el operador ha recibido verbalmente o en aviso escrito de la forma de tal molestia o disturbio del partido que se quejaba. Sin embargo, no se interpretará nada en esta subdivisión como prohibir la operación de patines o de scooters motorizados en una pista o un parque diseñado para la operación legal de los dispositivos dichos.

(2) sostendrán al operador del patín o del scooter motorizado obligado para cualquier daño a los bienes de otra persona. Sin embargo, si el operador es un menor de edad, sostendrán a los padres o al guarda legal del operador personalmente obligado para cualesquiera y toda la daños y/o lesiones, incluyendo la responsabilidad civil o criminal, causada por el menor de edad en la operación del patín o del scooter motorizado.

(3) el dueño de tal característica privada puede recuperarse de los daños nominales responsables de la persona no de menos que la cantidad de daño o de lesión.

(f) Ilegal para los operadores del patín o de los scooters motorizados para desobedecer comando de parar. Será ilegal para cualquier operador de un patín o de un scooter para desobedecer voluntarioso una señal de traer tal patín motorizado o de un scooter motorizado a la parada cuando tal señal se da a mano, a la voz, a las luces de emergencia, a la sirena o a la otra señal visual o audible por un oficial uniformado de la ley-aplicacio'n, del policía, de la paz o de la protección del medio ambiente que actúa en el funcionamiento legal del deber.

(g) Por los menores de edad, las personas incompetentes o las personas bajo inhabilidades mentales o físicas.

(1) una persona menos de 12 años de la edad puede funcionar un patín o un scooter motorizado solamente si:

a. La persona está bajo supervisión directa de una persona que sea por lo menos 18 años de la edad; o

b. La persona está en la tierra poseída por o bajo control del padre o del guarda legal de la persona.

(2) las personas 12 años de la edad y más viejos pueden funcionar un patín motorizado o el scooter sin adulto que la supervisión proporcionó tal uso está en conformidad con el resto de las provisiones de este capítulo.

(3) un padre o un guarda legal no permitirá que un niño bajo edad de 12 funcione un patín o un scooter motorizado excepto bajo supervisión directa de un adulto.

(4) el dueño de un patín o de un scooter motorizado no permitirá:

a. El dispositivo que se funcionará por una persona bajo edad de 12 excepto bajo supervisión directa del adulto.

b. El dispositivo que se funcionará por una persona que es incompetente funcionar tal vehículo debido a inhabilidad mental o física o debido a ser bajo influencia del alcohol, cualquier droga, o con un contenido en alcohol prohibido según lo definido adentro. 4177 de este título.

(h) Requisitos del casco.

(1) una persona bajo 16 años de la edad no funcionará, no montará sobre ni montará como pasajero cualquier patín o scooter motorizado, a menos que esa persona esté usando un casco correctamente cabido y sujetado que satisfaga o exceda el estándar del American National Standards Institute (estándar estándar o subsecuente del casco de la bicicleta del ANSI Z90.4) o el estándar de la fundación conmemorativa 1984 de Snell (o el estándar subsecuente) para el sombrero protector para el uso en montar en bicicleta.

(2) multarán a cualquier padre o guarda legal que no pueda causar a ese padre o el niño del guarda legal para usar un casco, en la manera prevista en esta subdivisión, para la 1ra ofensa $25, y para cada ofensa subsecuente, $50.

(3) la corte puede despedir todas las cargas conforme a esta subdivisión sobre la presentación de la evidencia que un violador de esto ha comprado o ha obtenido un casco que resuelve o excede los estándares dispuestos en esta subdivisión subsecuente a la violación.

(4) los requisitos de esta subdivisión se aplicarán siempre mientras que un patín o un scooter motorizado se está funcionando en cualquier característica abierta al público o está siendo utilizado por el público para los propósitos peatonales y de vehículos.

(5) la falta de usar un casco como adjunto descrito no será considerada evidencia de la negligencia comparativa o contributaria en ningún juego civil que se presenta fuera de ningún accidente en el cual dañen a una persona bajo 16 años de la edad, ni falta de usar un casco sea admisible como evidencia en el ensayo de cualquier acción civil.

(i) Cualquier persona o negocio que vende un nuevo, inusitado scooter motorizado, según lo definido adentro. 101(83) de este título, debe obtener una declaración firmada, atestiguada del comprador que indica que el comprador está enterado que los scooters motorizados no se pueden funcionar en las carreteras públicas o las aceras de Delaware, según lo dispuesto en esta sección. El vendedor debe conservar el documento por un período de no menos que 3 años a partir de la fecha de la venta.

(j) Aplicación de la sección. Autorizarán cualquier ley-aplicacio'n, paz, policía u oficial de la protección del medio ambiente, actuando en el funcionamiento legal del deber, para hacer cumplir esta sección. Siempre que cualquier patín o scooter motorizado se utilice en la violación de esta sección, puede ser agarrada y ser tomada inmediatamente en custodia por el oficial o los oficiales de la paz que tienen conocimiento de los hechos de tales uso. Cualquier coste asociado a cualquier asimiento será pagado por el operador o el dueño de tal patín o scooter motorizado a menos que encuentren al operador o al dueño no culpable de la ofensa cargada.

(k) Penas cuando está especificado no de otra manera en esta sección. Multarán a cualquier persona condenada por la violación de cualquier disposición de esta sección no no menos que $25 ni más de $300. Las penas dispuestas en esta subdivisión se aplicarán a menos que una pena específica para una ofensa especificada en una disposición de esta sección se proporcione de otra manera en esta sección.

(l) Jurisdicción. Las cortes de las justicias de la paz tendrán jurisdicción original sobre violaciones de esta sección a menos que ésa la corte de la familia tenga jurisdicción sobre violaciones de esta sección cuando tal violación es confiada por cualquier persona bajo edad de 18 años de la edad.

(m) Está en conflicto con otros estatutos. Si cualquier disposición de esta sección está en conflicto con otros estatutos, las provisiones o los requisitos de esta sección se aplicarán. _ provisión este subdivisión o cualquier otro provisión este sección a pesar, nada en este subdivisión o cualquier otro provisión este sección ser juzgar para imposibilitar procesamiento debajo cualquier otro provisión este código.

(n) Reglas y regulaciones. La secretaria de la seguridad y de la seguridad de la patria y/o la secretaria del transporte pueden adoptar y hacer cumplir tales reglas y regulaciones referentes los patines o a los scooters motorizados y señalar las agencias tales como puede ser necesario realizar esta sección, con tal que tales reglas y regulaciones no sean contrarias a esta sección.

(o) A pesar de las provisiones de esta sección, cualquier municipio con una población en el exceso de 50.000 puede poner ordenanzas en ejecucio'n, regulando el uso del patín o de scooters motorizados, contrario con o además de las provisiones de esta sección.

Más Delaware Info (véase el título 21)

De nuevo a leyes del ciclomotor